El pasado viernes 10 de abril se llevó a cabo la aprobación en Consejo de Ministros, tras cuatro años de trabajos previos, del Proyecto de Ley para la reforma del sistema de valoración de daños personales, contando con la conformidad de las entidades representantes de las dos partes afectadas, tanto las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico como la representación de las compañías aseguradoras.
Esta reforma implicará la consideración de un nuevo baremo para las víctimas de accidentes de tráfico. El objetivo esencial de esta modificación estriba en una búsqueda de la adecuación de la normativa a la realidad social actual, fomentando la agilización en la resolución de conflictos mediante el fomento de los acuerdos extrajudiciales.
A nivel general, la nueva legislación incrementará la protección hacia las víctimas en accidentes de circulación, garantizando la existencia de una indemnización suficiente.
Del mismo modo, tal y como refleja el Consejo General de la Abogacía Española en su web corporativa, establece una notable mejora en relación al resarcimiento de las personas perjudicadas en accidentes de circulación, desarrollando un sistema de indemnizaciones activo, actualizado y adaptado a la realidad.
Asimismo, el nuevo sistema también establece la indemnización de las aseguradoras a los distintos servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas por los gastos derivados de nuevos perjuicios cubiertos, como los gastos en rehabilitación o en la sustitución de prótesis de aquellas personas que hayan sufrido una lesión grave.
Es preciso recordar que, ante la inexistencia de un baremo europeo unificado, la importancia de la modificación y establecimiento de este nuevo baremo es fundamental en nuestro ordenamiento jurídico en materia de seguros, ya que, a diferencia de lo que ocurre en la práctica totalidad de Estados miembro de la Unión Europea, este no sirve de referencia para la valoración de indemnizaciones sino que se considera de aplicación obligatoria.