Pokémon Go podría motivar a revisar las cláusulas de las aseguradoras

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Pokémon Go ha sido el fenómeno del verano y podría extender su influencia en los usuarios si los responsables de marketing de este juego descargable hacen bien su trabajo. Sin embargo, lo que podría tratarse de manera exclusiva en las páginas especializadas en tecnología y videojuegos, no para de trascender a otros entornos por la enorme influencia social que está conllevando su uso.

En este sentido, las aseguradoras podrían convertirse en una parte visiblemente afectada por el comportamiento de los jugadores con esta creación de Niantic. Tras conocer sucesos durante este verano, se ha tenido constancia de que los jugadores de Pokémon Go son capaces de colarse en propiedades privadas, masificar lugares públicos, arriesgar su propia vida o incluso la de los demás con el fin de cazar a un nuevo Pokémon.

Rápidamente la compañía Niantic ha indicado y mejorado las condiciones de uso de su producto para desvincularse de cualquier responsabilidad derivada de ello. Pero aunque estas medidas podrían ser insuficientes, también es importante tener en cuenta que no son los únicos que podrían verse afectados por la adicción a este juego digital.

La firma FTI Consulting ha presentado un informe en el que se insta a las empresas del sector a revisar sus cláusulas, sobre todo relacionadas con la responsabilidad civil de los seguros, dado que no está claro cuánto ni cómo de responsable es el usuario con respecto a los daños que puede causar o las leyes que podría transgredir utilizando Pokémon Go.

La razón de que este juego conduzca a estas situaciones es que está basado en la realidad aumentada, tecnología todavía no regulada al completo por ser demasiado transgresora. La realidad aumentada permite interponer una realidad interactiva digital sobre un entorno real, de forma que el jugador se ve inmerso en un entretenimiento lúdico a su alrededor.

En este terreno, el único aspecto legal que está cubierto de forma clara es el robo de identidad virtual o datos personales, que sí existen en cláusulas de aseguradoras, que indemnizan a sus clientes por la sustracción o el mal uso de esos datos por parte de terceros no autorizados.

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